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Quiero darme de baja de mi compañía de teléfono: derechos y pasos

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Darte de baja de tu compañía de teléfono es un derecho, incluso con permanencia o con una factura pendiente. Aquí tienes qué dice Usuarios Teleco, la oficina oficial de atención al usuario.

En 30 segundos
Puedes darte de baja cuando quieras, avisando con dos días hábiles; solo pueden facturarte hasta entonces.
Pide siempre un número de referencia y un justificante de la baja.
La permanencia no impide la baja, pero pueden exigirte lo que recibiste por comprometerte. Si no te hacen caso, reclama a la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones.

Darte de baja de tu compañía de teléfono es un derecho, aunque tengas permanencia o una factura pendiente. Lo que más problemas da es no poder demostrar que pediste la baja. Esta guía recoge lo que explica la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones (Usuarios Teleco), del Ministerio para la Transformación Digital.

Tienes derecho a darte de baja cuando quieras

Debes avisar con dos días hábiles. La compañía está obligada a darte de baja en ese plazo y solo puede facturarte hasta entonces.

Según Usuarios Teleco, todos los usuarios tienen derecho a darse de baja de su operador en cualquier momento, avisando con una antelación mínima de dos días hábiles. El operador está obligado a darte de baja en ese plazo y solo puede facturarte hasta ese momento.

Para pedir la baja debes usar cualquiera de los métodos que recoja el contrato. Los operadores están obligados a admitir, como mínimo, el mismo medio que usaste para contratar: si contrataste por teléfono, puedes darte de baja por teléfono.

Si tienes una deuda pendiente, el operador no puede impedirte darte de baja. Tiene que tramitarla igualmente, aunque después pueda reclamarte lo que te corresponda pagar por las vías que considere oportunas.

Cómo dejar constancia de que la pediste

Pide siempre un número de referencia y un justificante. Sin prueba de la fecha de la baja, es tu palabra contra la suya.

Usuarios Teleco señala que los problemas suelen venir de que el usuario no tiene acreditación de haber solicitado la baja ni de la fecha. Por eso recomienda:

  • Por teléfono: exigir que te den en ese momento el número de referencia de la baja (el operador está obligado a facilitarlo) y que te envíen por correo postal o electrónico un documento que acredite la gestión.
  • Por correo postal: enviar la notificación con acuse de recibo.
  • Por internet: conservar el resguardo o pantallazo de la solicitud.

Y si tengo permanencia

La permanencia no te impide darte de baja. Pueden pedirte lo que hayas recibido por comprometerte (por ejemplo, un móvil subvencionado), pero no penalizarte por irte.

Usuarios Teleco explica que, si existe una cláusula de permanencia, debe figurar en el contrato junto con el modo de extinción y las consecuencias de romper el período mínimo.

La permanencia no impide ejercer el derecho a darse de baja antes de que acabe, aunque la baja pueda conllevar otros efectos, como perder las ventajas u ofertas vinculadas a ella. En palabras de la propia Oficina: si el abonado se da de baja no se le puede penalizar por ello, pero sí se le puede exigir el pago de las ventajas que tuvo precisamente por haberse comprometido a un período mínimo.

Revisa tu contrato: ahí debe figurar la permanencia y a qué servicios o aparatos está vinculada.

El móvil subvencionado

Si el móvil lo compraste con descuento por un compromiso de permanencia, el operador puede aplicar la cláusula. Al terminar o al pagar lo pactado, pide la liberación del móvil.

Cuando se contrata un móvil subvencionado, es frecuente aceptar una cláusula de permanencia mínima a cambio de la rebaja. Si no has terminado ese período (que debe figurar en el contrato), el operador anterior podría aplicar lo que el contrato prevea para ese caso.

Si acaba la permanencia o pagas las cantidades pactadas por baja anticipada, podrás usar el móvil con otro operador sin cargo adicional. Para ello debes pedir la liberación a tu antigua compañía.

Las discrepancias por la no liberación del móvil no las trata la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones: hay que dirigirlas a las oficinas de consumo.

Si te siguen facturando después de la baja

Comprueba que pediste la baja correctamente y que tienes el justificante. Exige que dejen de facturarte y anulen las facturas incorrectas.

Usuarios Teleco recomienda, en este orden:

  1. Verificar que pediste la baja por un medio correcto (el previsto en el contrato, incluyendo el mismo que usaste para contratar).
  2. Comprobar que tienes justificación: el número de referencia si fue por teléfono, o el acuse de recibo si fue por correo.
  3. Requerir al operador por escrito que deje de facturarte y anule las facturas incorrectas.
  4. Si no lo hace, presentar una reclamación.

Ojo: según la fecha de la baja y los períodos de facturación, puede llegarte una factura que parece no respetar los dos días. En ese caso es prudente esperar a la última factura rectificativa del operador.

Si no te hacen caso: reclamar

Reclama primero a tu operador. Si no resuelve en un mes o no te satisface, puedes reclamar a la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones.

Según Usuarios Teleco, para reclamar ante la Oficina de Atención al Usuario es preciso haber reclamado antes a tu operador. Si la respuesta no es satisfactoria o no recibes contestación en el plazo de un mes, tienes derecho a reclamar ante la Oficina.

Pueden presentar reclamación las personas físicas, incluidos los autónomos y las microempresas (artículo 78 de la Ley 11/2022).

Para reclamar por una factura, el plazo para presentar la reclamación al operador es de un mes desde que conoces el hecho que la motiva (en una factura, desde su fecha de emisión). Pide siempre el número de referencia de tu reclamación.

Si te amenazan con incluirte en un fichero de morosos

Discutir una factura no basta para que te incluyan: deben cumplirse requisitos. Si te incluyen sin cumplirlos, puedes pedir que te quiten.

Para incluir a alguien en un fichero de morosos deben cumplirse varios requisitos: entre ellos, una deuda cierta, vencida, exigible e impagada, y un requerimiento de pago previo. Los detalles y los pasos para pedir que te quiten están en la guía sobre ASNEF, basada en las explicaciones de la AEPD.

Ojo: la página de Usuarios Teleco sobre este asunto cita normativa anterior (la antigua LOPD, con otros plazos). Para los requisitos y plazos actuales, guíate por la AEPD.

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Fuentes

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© Ganduo · Última revisión de esta página: 12 de octubre de 2026